ACUERDO PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD DEL SISTEMA EDUCATIVO DE LA COMUNIDAD DE MADRID

INTRODUCCIÓN

    El Acuerdo para la Mejora de la Calidad del Sistema Educativo de la Comunidad de Madrid suscrito en enero del año 1999, supuso un modelo de colaboración basado en un permanente clima de diálogo. Con su firma las entidades que suscribieron aquel Acuerdo no renunciaron a sus puntos de vista. Al contrario, sus aportaciones enriquecieron el debate porque todas supieron destacar los objetivos y principios que compartían por encima de sus discrepancias. Entendían que el mejor procedimiento para abordar los asuntos educativos comienza por la creación de un clima de consenso y estabilidad.

    Además de crear unas condiciones favorables para abordar la resolución de los problemas educativos, el Acuerdo de 1999 ha sido muy beneficioso para nuestra Comunidad como han reconocido las organizaciones firmantes. Entre sus logros cabe destacar algunos tan importantes como la mejora de las condiciones del profesorado, la atención especial que ha recibido el alumnado con algún tipo de dificultad, la mejora de las infraestructuras educativas, o la apertura y utilización de los centros educativos fuera del horario escolar.

    Transcurridos varios años de aquella fecha, conviene tener en cuenta que el objetivo fundamental de aquel Acuerdo era adecuar a la Comunidad de Madrid para la asunción de las competencias educativas. En estos momentos, las circunstancias y las necesidades educativas en la Comunidad de Madrid son distintas. El dinamismo de la sociedad madrileña y los nuevos factores que han transformado nuestra realidad marcan unas pautas a las que debe adaptarse cualquier mejora del sistema educativo. Los nuevos desarrollos urbanísticos, los movimientos de población, el crecimiento demográfico y el repunte de la tasa de natalidad, el incremento del alumnado procedente de la inmigración, la aparición de nuevas necesidades de conciliar la vida laboral y familiar, y el crecimiento económico y de empleo, han generado nuevas demandas educativas a las que es preciso dar respuesta. Consecuentemente, los supuestos de los que debe partir este nuevo Acuerdo también han de ser diferentes.

    En este sentido, las numerosas consultas realizadas a prácticamente a todas las organizaciones firmantes del Acuerdo anterior, han destacado la necesidad de dotar al sistema educativo de dos características esenciales. Por un lado, de una estabilidad, fruto una vez más del diálogo y el consenso, que mantenga a la educación al margen de los diversos vaivenes que la puedan afectar. Y, por otro, de unos objetivos suficientemente claros y al mismo tiempo abiertos a nuevas posibilidades, que permitan incidir en los próximos cuatro años en tres ámbitos sobre los que hay común acuerdo. Son los siguientes: la mejora de la oferta educativa, la igualdad de oportunidades y el reconocimiento del trabajo de los profesionales de los centros educativos. Consecuentemente, cada uno de ellos será objeto de particular atención en cuanto a los objetivos que se pretenden conseguir, y las acciones que los concretarán.

    Y consideran que en estos momentos, los esfuerzos de la sociedad madrileña en educación deben dirigirse, como objetivo prioritario, a llevar a cabo medidas que incrementen la calidad del sistema educativo de la Comunidad de Madrid.

    Esa finalidad ha de ser la base para impulsar la consecución de los siguientes objetivos generales:
- Mejorar y adecuar la oferta educativa a las necesidades de los diversos niveles y etapas educativas, y a la formación a lo largo de la vida.
- Dotar a los centros de instalaciones y recursos materiales adecuados para mejorar la calidad del sistema educativo.
- Aumentar el número de jóvenes de la Comunidad de Madrid que finalizan con éxito la enseñanza obligatoria.
- Mejorar las acciones desarrolladas para que, en el marco de lo indicado en el Artículo 27 de la Constitución, siga siendo efectivo el derecho a la Educación y el principio de Igualdad de Oportunidades, impulsando la participación de los distintos agentes sociales, especialmente las familias, a través de las Asociaciones y Federaciones de Padres y Madres de alumnos, y promocionando asimismo actuaciones que concilien la vida familiar y laboral.
- Consolidar y continuar con el desarrollo del Plan Regional de Compensación Educativa y otras actuaciones dirigidas al alumnado inmigrante.
- Promover y facilitar el desarrollo de actuaciones por parte de los centros para formar al alumnado en el marco de los principios y valores democráticos reconocidos en la Constitución española.
- Mejorar el nivel de conocimientos y capacitación del alumnado con objeto de elevar su rendimiento académico y facilitar el pleno desarrollo de sus capacidades y proyectos personales.
- Proseguir el desarrollo de actuaciones integrales para atender a la diversidad de capacidades, situaciones personales y circunstancias sociales que favorezcan el acceso a una educación de calidad.
- Reconocer la importancia del trabajo de los profesionales de la docencia, y del resto de profesionales que desarrollan su labor en los centros educativos, así como adquirir el compromiso de promover su valoración social y su estabilidad en el conjunto del sistema educativo de la Comunidad de Madrid.
- Desarrollar medidas que permitan mejorar la atención al alumnado de los centros privados sostenidos con fondos públicos, así como conseguir la analogía retributiva de su profesorado con el de los centros públicos.

1.- PARA LA MEJORA DE LA OFERTA EDUCATIVA

1.1.- Red de Centros Públicos
- Se continuarán desarrollando inversiones para actualizar, ampliar y mejorar la Red de Centros Públicos y su dotación de recursos materiales, tanto en lo referido a los centros de nueva construcción como a los ya existentes, garantizando la oferta pública en los nuevos PAUs y en los grandes desarrollos urbanísticos.
- En el periodo 2005-2008, se prevé destinar entre el 60% y el 65% del Plan de Inversiones de la Consejería de Educación a la construcción de nuevos centros y entre el 15% y el 20%, a la ampliación de los ya existentes. El presupuesto restante se destinará a reformas, equipamientos y otras mejoras de los centros públicos que en la actualidad no disponen de infraestructuras suficientes o se encuentran deterioradas las que tienen; se prestará especial atención a las Enseñanzas de Régimen Especial. Estas inversiones posibilitarán la construcción de 85 Escuelas Infantiles, 60 Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria, y 15 Institutos de Educación Secundaria.

1.2.- Extensión de enseñanzas
- Adecuación y mejora de la oferta pública de Ciclos Formativos de Formación Profesional teniendo en cuenta el Plan Regional de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid.
- Ampliación y mejora de la oferta pública de Enseñanzas de Régimen Especial.
- Ampliación de la oferta pública de Escuelas Infantiles 0-3 años.

1.3.- Organización de centros
- Refuerzo en todas las etapas y con especial atención a la Educación Secundaria Obligatoria, de las diferentes medidas de atención a la diversidad, que con carácter compensatorio se están llevando a cabo en la Comunidad de Madrid: agrupamientos flexibles, apoyos y refuerzos, y programas específicos previstos en la legislación.
- Desarrollo de una normativa regional que regule las características de los diferentes tipos de centros, y de sus instalaciones y equipamientos.
- Desarrollo de una normativa regional que regule la organización y funcionamiento de los distintos tipos de centros educativos públicos.
- Potenciación de los cauces de relación y comunicación entre los centros educativos y las familias con objeto de fomentar y facilitar el seguimiento del alumnado.
- Potenciación de la autonomía pedagógica y organizativa de los centros educativos para que, mediante proyectos educativos y sistemas adecuados de evaluación, se alcance una mejora de los procesos de enseñanza-aprendizaje del alumnado.

1.4.- Escolarización del alumnado
- Actualización de la normativa de admisión y escolarización del alumnado de todos los centros sostenidos con fondos públicos para adecuarla a los cambios y transformaciones de la realidad educativa madrileña.
- Se prestará especial atención a la escolarización equilibrada del alumnado con necesidades educativas especiales y de compensación educativa en los centros sostenidos con fondos públicos.

1.5.- Desarrollo de un Plan de Apertura de centros públicos que suponga
- Extensión y mejora de la oferta.
- Optimización del horario de apertura a fin de satisfacer las necesidades del alumnado y las demandas derivadas de la conciliación de la vida familiar y laboral.
- Ampliación de los tiempos de apertura fuera del horario lectivo y del calendario escolar, de manera que los centros educativos de Educación Primaria y Secundaria puedan ser utilizados por el alumnado y sus familias.
- Regulación normativa de las actividades y servicios, para facilitar que su desarrollo sea llevado a cabo por profesionales debidamente cualificados.

1.6.- Mejora de la enseñanza de idiomas extranjeros a través de los centros bilingües
- Incremento del número de centros públicos que desarrollan programas bilingües.
- Adecuación de las plantillas a las necesidades derivadas de la impartición de determinadas enseñanzas en lengua inglesa.

1.7.- Potenciación del deporte escolar en los centros públicos
- Desarrollo y generalización del programa de Campeonatos Escolares de modo que los jóvenes de Educación Secundaria incrementen su actividad deportiva.

1.8.- Desarrollo y potenciación del uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación en los centros educativos públicos

1.9.- Potenciación del desarrollo de actuaciones que favorezcan la convivencia y el respeto mutuo, así como la resolución pacífica de conflictos.

1.10.- Análisis y desarrollo de fórmulas de colaboración que permitan dar respuesta a las necesidades sanitarias del alumnado que se produzcan en el ámbito educativo, así como a aquellas otras circunstancias relacionadas con los hábitos de higiene del alumnado de menor edad.


2.- LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

2.1.- Actuaciones de carácter general

- Desarrollo de actuaciones prioritariamente destinadas a las necesidades específicas de la Educación Secundaria Obligatoria. En el marco de este Acuerdo, se desarrollarán medidas de actuación preferente en esta etapa.
- Reforzar en todas las etapas y con especial atención a la Educación Secundaria Obligatoria, las diferentes medidas de atención al alumnado: agrupamientos flexibles, apoyos y refuerzos, y los programas específicos previstos en la legislación.
- Puesta en marcha de Programas específicos para atender situaciones socioeducativas que por sus condiciones de especial dificultad, desarrollen un proyecto educativo con el incremento necesario de recursos económicos y de personal.
- Desarrollo en los centros de medidas que favorezcan la orientación y la identificación temprana de las necesidades educativas del alumnado.
- Consolidación de los planes de prevención del absentismo escolar del alumnado en situación de desventaja social, y estimular su participación en actividades complementarias y extraescolares dirigidas a favorecer su competencia curricular, sus habilidades sociales y su nivel de integración.
- Ampliación de los recursos destinados a extender el número de beneficiarios de las ayudas de libros de texto y de comedor, así como el pertinente desarrollo normativo que permita la mejor aplicación de estos recursos.
- Elaboración de un programa específico de acceso al empleo, en el marco del Plan Regional de Formación Profesional y en coordinación con el Servicio Regional de Empleo, para jóvenes (16 18) en situación de desventaja social, desescolarizados prematuramente, en riesgo de exclusión o marginación social.
- Colaboración con entidades que faciliten una atención integral del alumnado y sus familias en el ámbito extraescolar con objeto de llevar a cabo programas de enseñanza de lengua y cultura de origen, elaboración de material informativo, desarrollo de acciones formativas para padres y madres, etc.
- Desarrollo de la programas de asesoramiento psicopedagógico a los centros de Educación Infantil y Educación Primaria de todos los centros sostenidos con fondos públicos a través de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica.
- Desarrollo de medidas que permitan facilitar el acceso del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria al servicio de comedor.

2.2.- Actuaciones dirigidas al alumnado inmigrante con el objetivo de apoyar su escolarización, permanencia y desenvolvimiento en el sistema educativo
- Incremento, en función de las necesidades, de las Aulas de Enlace o Acogida para la adquisición de competencias lingüísticas, conceptos básicos de las áreas instrumentales y habilidades necesarias para la integración socio-educativa: diversificación y flexibilización de las actuaciones, y adscripción del alumnado, desde el principio de su escolarización, a un grupo ordinario.
- Apoyo a programas de acogida, campañas de sensibilización, prevención y lucha contra el racismo, la xenofobia y la violencia de género; apoyo a la mediación cultural y social, y todo aquello que contribuya a mejorar la convivencia en los centros.

2.3.- Actuaciones dirigidas al alumnado con necesidades de compensación educativa
- Desarrollo de medidas de compensación educativa para el alumnado de educación obligatoria que, por razones de origen social, presente un desfase curricular de dos o más años.
- Extensión de la red de aulas abiertas destinadas a la compensación social y educativa del alumnado desfavorecido.
- Ampliación de los Centros de Día Infanto-Juveniles orientados al apoyo del desarrollo integral del alumnado.
- Desarrollo de medidas de discriminación positiva, dirigidas al alumnado de etnia gitana, con especial atención a la variable género

2.4.- Actuaciones dirigidas al alumnado con discapacidades
- Refuerzo y consolidación de los recursos de apoyo para el alumnado con discapacidad.
- Desarrollo de estrategias que faciliten la consecución de los objetivos propios de cada etapa educativa del alumnado con discapacidad.
- Apoyo para facilitar el acceso a los servicios complementarios de transporte y comedor escolar al alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos.

2.5.- Actuaciones dirigidas al alumnado con superdotación intelectual
- Desarrollo de estrategias metodológicas y organizativas en los centros, para la atención del alumnado superdotado.

2.6.- Actuaciones dirigidas al alumnado enfermo y convaleciente
- Extensión de los Centros Educativo Terapéuticos para la atención del alumnado con trastornos psiquiátricos.
- Refuerzo de las actuaciones en las unidades de apoyo educativo en instituciones hospitalarias (aulas hospitalarias) y adecuación de la atención domiciliaria al alumnado en función de sus necesidades.

2.7.- Actuaciones dirigidas a ampliar y mejorar la educación a lo largo de la vida
- Desarrollo y diversificación de medidas que faciliten el acceso a la educación permanente a través de las diversas modalidades del sistema educativo: educación a distancia y educación de personas adultas.
- Desarrollo de medidas que faciliten el acceso a la educación permanente a las personas con discapacidad.

3.- CREACIÓN, MEJORA Y ESTABILIDAD DEL EMPLEO EN EL SECTOR DE LA ENSEÑANZA PÚBLICA

3.1.- Para la mejora de la prestación del servicio educativo y estabilización del profesorado de la Comunidad de Madrid

-Convocatoria de oferta de empleo público con el objetivo de alcanzar un 93% de las plazas cubiertas por funcionarios de carrera.
-Incremento de la estabilidad en las plantillas docentes:
Implantación de medidas que eviten situaciones innecesarias de movilidad del profesorado.
Actualización de los criterios de ordenación de las listas de interinos a los efectos de conseguir una mayor estabilidad de este tipo de profesorado.
Llevar a cabo una adecuación retributiva del profesorado, tanto funcionario como laboral docente, en reconocimiento a la creciente complejidad de su tarea y en respuesta a las transformaciones socioeconómicas. Esta adecuación se realizará en cuatro tramos iguales. No obstante, si las disponibilidades presupuestarias lo permitieran, se podría anticipar el cuarto tramo.
- Mantenimiento de la jubilación anticipada en las condiciones actuales en tanto no sean modificadas por parte del Estado.
- Desarrollo de medidas de apoyo al profesorado que contribuyan a mejorar sus condiciones de trabajo y la calidad de atención al alumnado.
- Incremento de los efectivos que se destinarán a las actuaciones previstas en los epígrafes anteriores y, entre ellas, la mejora de la ratio profesor/alumno.
- Desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito de los centros educativos.
- Seguro de responsabilidad civil y asistencia letrada a los trabajadores de los centros docentes, mediante información, asesoramiento y asistencia en aquellas situaciones derivadas de su desempeño profesional que puedan llevar aparejadas responsabilidades de índole civil o penal. Asimismo, se tenderá a garantizar la suficiente protección en los casos que pudiera verse afectado por una demanda interpuesta por la vía jurisdiccional civil o penal.

3.2.- Para la mejora del servicio educativo
- Formación de los trabajadores de los centros docentes
- Desarrollo de líneas de actuación preferente que posibiliten la formación del profesorado, y del personal de administración y servicios. Para la consecución de este fin, se prestará especial atención a:
Atención a la diversidad, acción tutorial, fomento de la convivencia y resolución de conflictos en los centros educativos, integración de las TIC en el proceso de enseñanza-aprendizaje, actualización didáctica y científica, y salud laboral.
Incremento de las acciones formativas que actualmente se llevan a cabo para el profesorado de lenguas extranjeras.
Formación y actualización específicas en países de habla inglesa para promover entre el profesorado la adquisición de la necesaria competencia lingüística, de manera que le permita impartir parte del Currículo en otro idioma. El objetivo de esta medida es incrementar la capacitación del profesorado de modo que pueda implantarse la enseñanza bilingüe en colegios públicos.
Formación del profesorado de Formación Profesional con el objetivo de que pueda adaptarse al nuevo catálogo de cualificaciones profesionales.
Formación adecuada a las características de los centros educativos para el personal de administración y servicios.
- Promoción, de acuerdo con las Universidades, del profesorado a la docencia universitaria
Impulso de las conversaciones tendentes al establecimiento de convenios con las Universidades que faciliten la interrelación del trabajo de los profesores de Enseñanza Secundaria y los departamentos universitarios.

3.3.- Personal de Administración y Servicios
Las tareas desarrolladas por el personal de administración y servicios en los centros docentes constituyen cada vez más un factor determinante en la calidad de la prestación del servicio educativo. En consecuencia, se procederá al estudio y mejora de la dotación de este personal para apoyar a los centros educativos en la consecución de sus objetivos.

Asimismo, resulta conveniente facilitar las condiciones en las que este personal desempeña sus tareas, con las particularidades propias de su inserción en el ámbito de la educación, por lo que prestará particular atención, entre otras actuaciones, a una adecuada oferta formativa para este personal.

4.- MEJORA DE LOS CENTROS PRIVADOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS AL OBJETO DE CONSEGUIR UN INCREMENTO DE LA CALIDAD DE LA ENSEÑANZA Y LA ANALOGÍA RETRIBUTIVA DE SU PROFESORADO CON EL DE LOS CENTROS PÚBLICOS

4.1.- Mejora de la atención al alumnado

- Avanzar en la mejora de las ratios profesor/unidad como una de las medidas que permiten incidir más directamente en la mejora de la calidad educativa.
- Para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en centros de educación especial o en aulas integradas en otros centros sostenidos con fondos públicos, adecuación de los recursos económicos destinados al pago del personal complementario.
- Continuar avanzando en la atención homogénea de todos los alumnos cuya educación se sostiene con fondos públicos, tanto en la mejora de la calidad de su educación, como en la atención a la diversidad y a los alumnos con necesidades educativas especiales, mejorando asimismo para ello las condiciones de funcionamiento.

4.2.- Profesorado
- Mejora de las condiciones retributivas del profesorado de los centros privados sostenidos con fondos públicos con objeto de alcanzar la analogía retributiva con el de los centros públicos.
- Desarrollo de planes de formación que tengan por finalidad la formación del profesorado para alcanzar los objetivos de este Acuerdo, dando prioridad a la formación en lenguas extranjeras.
- Establecimiento de medidas para la recolocación del profesorado que pierda su puesto de trabajo por reducción de concierto o cierre de los centros escolares. Asimismo, se establecerán medidas a favor de los centros que solucionen la problemática derivada de la extinción total o parcial de los conciertos. Dichas medidas también serán de aplicación al personal complementario de los centros de Educación Especial.

4.3.- Otros gastos
- Incremento de la financiación de la partida destinada a otros gastos de funcionamiento, correspondiente al módulo económico de conciertos, con objeto de propiciar mejoras que permitan incrementar y desarrollar medidas relacionadas con la calidad educativa; entre otras, las mejoras de las retribuciones del personal de administración y servicios.

5.- DISTRIBUCIÓN Y TEMPORALIZACIÓN DE LA FINANCIACIÓN GLOBAL DEL ACUERDO

    El presente Acuerdo, cuya financiación global será de 1.603.800.000 €, se distribuirá en los siguientes apartados que configuran el conjunto de actuaciones necesarias para lograr los objetivos acordados:
- Para la mejora de la oferta educativa, que prevé actuaciones en la red de centros, el desarrollo de planes de apertura para la extensión de servicios educativos, y otras inversiones en Tecnologías de la Información y la Comunicación: 861.000.000 €.
- Para llevar a cabo actuaciones que incidan en el desarrollo del principio de Igualdad de Oportunidades y que incluye, entre otras actuaciones, la ampliación de las ayudas para libros de texto y la participación de las familias: 130.200.000 €.
- Para incidir en la creación, mejora y estabilidad en el empleo del personal de los centros docentes, se incrementará el número de efectivos de esos centros, se procederá a la adecuación retributiva del profesorado y se desarrollarán medidas relativas al personal de administración y servicios: 408.500.000 €.
- Para ofrecer al profesorado de la Comunidad de Madrid posibilidades de incrementar su formación: 46.700.000 €.

- Para poner en marcha medidas que tiendan a la equiparación retributiva del profesorado de la enseñanza concertada con los de la pública, así como otras mejoras en estos centros: 157.300.000 €.

6.- EFICACIA, ÁMBITO Y VIGENCIA DEL ACUERDO

    Este Acuerdo adquirirá plena eficacia y, en consecuencia, los compromisos suscritos en él por las partes firmantes, desde el 1 de enero de 2005. Su aplicación afectará a todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid en los términos previstos en los respectivos apartados del presente Acuerdo. Su periodo de vigencia será el comprendido entre 2005 y 2008, excepto en lo relativo a las medidas de adecuación retributiva dirigidas al profesorado de los centros privados concertados a los que afecte el Acuerdo, que abarcarán hasta 2009.

7.- SEGUIMIENTO DEL ACUERDO
    Para el seguimiento y desarrollo del presente Acuerdo, y de los compromisos contenidos en él, se constituirá en el plazo de un mes de la firma de este Acuerdo al menos las Comisiones Sectoriales correspondientes a la Enseñanza Pública, Enseñanza Privada e Igualdad de Oportunidades. En ellas estarán presentes las organizaciones firmantes y la Consejería de Educación, sin perjuicio de las competencias atribuidas por la legislación vigente a la negociación colectiva.

    Para concluir, los firmantes de este Acuerdo manifiestan la conveniencia de promover un proceso de consenso social y político entre todos los sectores que componen la comunidad educativa, para hacer posible la consecución de los objetivos expresados en el presente Acuerdo, que deben orientar la educación en nuestra Comunidad.

    Todo lo cual suscriben los abajo firmantes, en Madrid, a nueve de marzo de dos mil cinco.