ACUERDO PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD DEL
SISTEMA EDUCATIVO DE LA COMUNIDAD DE MADRID
INTRODUCCIÓN
El Acuerdo para la Mejora de la Calidad del
Sistema Educativo de la Comunidad de Madrid suscrito en enero del año 1999,
supuso un modelo de colaboración basado en un permanente clima de diálogo. Con
su firma las entidades que suscribieron aquel Acuerdo no renunciaron a sus
puntos de vista. Al contrario, sus aportaciones enriquecieron el debate porque
todas supieron destacar los objetivos y principios que compartían por encima de
sus discrepancias. Entendían que el mejor procedimiento para abordar los asuntos
educativos comienza por la creación de un clima de consenso y estabilidad.
Además de crear unas condiciones favorables para
abordar la resolución de los problemas educativos, el Acuerdo de 1999 ha sido
muy beneficioso para nuestra Comunidad como han reconocido las organizaciones
firmantes. Entre sus logros cabe destacar algunos tan importantes como la mejora
de las condiciones del profesorado, la atención especial que ha recibido el
alumnado con algún tipo de dificultad, la mejora de las infraestructuras
educativas, o la apertura y utilización de los centros educativos fuera del
horario escolar.
Transcurridos varios años de aquella
fecha, conviene tener en cuenta que el objetivo fundamental de aquel Acuerdo era
adecuar a la Comunidad de Madrid para la asunción de las competencias
educativas. En estos momentos, las circunstancias y las necesidades educativas
en la Comunidad de Madrid son distintas. El dinamismo de la sociedad madrileña y
los nuevos factores que han transformado nuestra realidad marcan unas pautas a
las que debe adaptarse cualquier mejora del sistema educativo. Los nuevos
desarrollos urbanísticos, los movimientos de población, el crecimiento
demográfico y el repunte de la tasa de natalidad, el incremento del alumnado
procedente de la inmigración, la aparición de nuevas necesidades de conciliar la
vida laboral y familiar, y el crecimiento económico y de empleo, han generado
nuevas demandas educativas a las que es preciso dar respuesta. Consecuentemente,
los supuestos de los que debe partir este nuevo Acuerdo también han de ser
diferentes.
En este sentido, las numerosas consultas
realizadas a prácticamente a todas las organizaciones firmantes del Acuerdo
anterior, han destacado la necesidad de dotar al sistema educativo de dos
características esenciales. Por un lado, de una estabilidad, fruto una vez más
del diálogo y el consenso, que mantenga a la educación al margen de los diversos
vaivenes que la puedan afectar. Y, por otro, de unos objetivos suficientemente
claros y al mismo tiempo abiertos a nuevas posibilidades, que permitan incidir
en los próximos cuatro años en tres ámbitos sobre los que hay común acuerdo. Son
los siguientes: la mejora de la oferta educativa, la igualdad de oportunidades y
el reconocimiento del trabajo de los profesionales de los centros educativos.
Consecuentemente, cada uno de ellos será objeto de particular atención en cuanto
a los objetivos que se pretenden conseguir, y las acciones que los concretarán.
Y consideran que en estos momentos, los esfuerzos de
la sociedad madrileña en educación deben dirigirse, como objetivo prioritario, a
llevar a cabo medidas que incrementen la calidad del sistema educativo de la
Comunidad de Madrid.
Esa finalidad ha de ser la base
para impulsar la consecución de los siguientes objetivos generales:
-
Mejorar y adecuar la oferta educativa a las necesidades de los diversos niveles
y etapas educativas, y a la formación a lo largo de la vida.
- Dotar a los
centros de instalaciones y recursos materiales adecuados para mejorar la calidad
del sistema educativo.
- Aumentar el número de jóvenes de la Comunidad de
Madrid que finalizan con éxito la enseñanza obligatoria.
- Mejorar las
acciones desarrolladas para que, en el marco de lo indicado en el Artículo 27 de
la Constitución, siga siendo efectivo el derecho a la Educación y el principio
de Igualdad de Oportunidades, impulsando la participación de los distintos
agentes sociales, especialmente las familias, a través de las Asociaciones y
Federaciones de Padres y Madres de alumnos, y promocionando asimismo actuaciones
que concilien la vida familiar y laboral.
- Consolidar y continuar con el
desarrollo del Plan Regional de Compensación Educativa y otras actuaciones
dirigidas al alumnado inmigrante.
- Promover y facilitar el desarrollo de
actuaciones por parte de los centros para formar al alumnado en el marco de los
principios y valores democráticos reconocidos en la Constitución española.
-
Mejorar el nivel de conocimientos y capacitación del alumnado con objeto de
elevar su rendimiento académico y facilitar el pleno desarrollo de sus
capacidades y proyectos personales.
- Proseguir el desarrollo de actuaciones
integrales para atender a la diversidad de capacidades, situaciones personales y
circunstancias sociales que favorezcan el acceso a una educación de
calidad.
- Reconocer la importancia del trabajo de los profesionales de la
docencia, y del resto de profesionales que desarrollan su labor en los centros
educativos, así como adquirir el compromiso de promover su valoración social y
su estabilidad en el conjunto del sistema educativo de la Comunidad de
Madrid.
- Desarrollar medidas que permitan mejorar la atención al alumnado de
los centros privados sostenidos con fondos públicos, así como conseguir la
analogía retributiva de su profesorado con el de los centros públicos.
1.- PARA LA MEJORA DE LA OFERTA EDUCATIVA
1.1.- Red de
Centros Públicos
- Se continuarán desarrollando inversiones para
actualizar, ampliar y mejorar la Red de Centros Públicos y su dotación de
recursos materiales, tanto en lo referido a los centros de nueva construcción
como a los ya existentes, garantizando la oferta pública en los nuevos PAUs y en
los grandes desarrollos urbanísticos.
- En el periodo 2005-2008, se prevé
destinar entre el 60% y el 65% del Plan de Inversiones de la Consejería de
Educación a la construcción de nuevos centros y entre el 15% y el 20%, a la
ampliación de los ya existentes. El presupuesto restante se destinará a
reformas, equipamientos y otras mejoras de los centros públicos que en la
actualidad no disponen de infraestructuras suficientes o se encuentran
deterioradas las que tienen; se prestará especial atención a las Enseñanzas de
Régimen Especial. Estas inversiones posibilitarán la construcción de 85 Escuelas
Infantiles, 60 Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria, y 15
Institutos de Educación Secundaria.
1.2.- Extensión de
enseñanzas
- Adecuación y mejora de la oferta pública de Ciclos
Formativos de Formación Profesional teniendo en cuenta el Plan Regional de
Formación Profesional de la Comunidad de Madrid.
- Ampliación y mejora de la
oferta pública de Enseñanzas de Régimen Especial.
- Ampliación de la oferta
pública de Escuelas Infantiles 0-3 años.
1.3.- Organización de
centros
- Refuerzo en todas las etapas y con especial atención a la
Educación Secundaria Obligatoria, de las diferentes medidas de atención a la
diversidad, que con carácter compensatorio se están llevando a cabo en la
Comunidad de Madrid: agrupamientos flexibles, apoyos y refuerzos, y programas
específicos previstos en la legislación.
- Desarrollo de una normativa
regional que regule las características de los diferentes tipos de centros, y de
sus instalaciones y equipamientos.
- Desarrollo de una normativa regional que
regule la organización y funcionamiento de los distintos tipos de centros
educativos públicos.
- Potenciación de los cauces de relación y comunicación
entre los centros educativos y las familias con objeto de fomentar y facilitar
el seguimiento del alumnado.
- Potenciación de la autonomía pedagógica y
organizativa de los centros educativos para que, mediante proyectos educativos y
sistemas adecuados de evaluación, se alcance una mejora de los procesos de
enseñanza-aprendizaje del alumnado.
1.4.- Escolarización del alumnado
- Actualización de la normativa de admisión y escolarización del
alumnado de todos los centros sostenidos con fondos públicos para adecuarla a
los cambios y transformaciones de la realidad educativa madrileña.
- Se
prestará especial atención a la escolarización equilibrada del alumnado con
necesidades educativas especiales y de compensación educativa en los centros
sostenidos con fondos públicos.
1.5.- Desarrollo de un Plan de
Apertura de centros públicos que suponga
- Extensión y mejora de la
oferta.
- Optimización del horario de apertura a fin de satisfacer las
necesidades del alumnado y las demandas derivadas de la conciliación de la vida
familiar y laboral.
- Ampliación de los tiempos de apertura fuera del
horario lectivo y del calendario escolar, de manera que los centros educativos
de Educación Primaria y Secundaria puedan ser utilizados por el alumnado y sus
familias.
- Regulación normativa de las actividades y servicios, para
facilitar que su desarrollo sea llevado a cabo por profesionales debidamente
cualificados.
1.6.- Mejora de la enseñanza de idiomas extranjeros a
través de los centros bilingües
- Incremento del número de centros
públicos que desarrollan programas bilingües.
- Adecuación de las plantillas
a las necesidades derivadas de la impartición de determinadas enseñanzas en
lengua inglesa.
1.7.- Potenciación del deporte escolar en los centros
públicos
- Desarrollo y generalización del programa de Campeonatos
Escolares de modo que los jóvenes de Educación Secundaria incrementen su
actividad deportiva.
1.8.- Desarrollo y potenciación del uso de las
Tecnologías de la Información y Comunicación en los centros educativos públicos
1.9.- Potenciación del desarrollo de actuaciones que favorezcan la
convivencia y el respeto mutuo, así como la resolución pacífica de
conflictos.
1.10.- Análisis y desarrollo de fórmulas de colaboración que
permitan dar respuesta a las necesidades sanitarias del alumnado que se
produzcan en el ámbito educativo, así como a aquellas otras circunstancias
relacionadas con los hábitos de higiene del alumnado de menor edad.
2.- LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
2.1.- Actuaciones de
carácter general
- Desarrollo de actuaciones prioritariamente
destinadas a las necesidades específicas de la Educación Secundaria Obligatoria.
En el marco de este Acuerdo, se desarrollarán medidas de actuación preferente en
esta etapa.
- Reforzar en todas las etapas y con especial atención a la
Educación Secundaria Obligatoria, las diferentes medidas de atención al
alumnado: agrupamientos flexibles, apoyos y refuerzos, y los programas
específicos previstos en la legislación.
- Puesta en marcha de Programas
específicos para atender situaciones socioeducativas que por sus condiciones de
especial dificultad, desarrollen un proyecto educativo con el incremento
necesario de recursos económicos y de personal.
- Desarrollo en los centros
de medidas que favorezcan la orientación y la identificación temprana de las
necesidades educativas del alumnado.
- Consolidación de los planes de
prevención del absentismo escolar del alumnado en situación de desventaja
social, y estimular su participación en actividades complementarias y
extraescolares dirigidas a favorecer su competencia curricular, sus habilidades
sociales y su nivel de integración.
- Ampliación de los recursos destinados a
extender el número de beneficiarios de las ayudas de libros de texto y de
comedor, así como el pertinente desarrollo normativo que permita la mejor
aplicación de estos recursos.
- Elaboración de un programa específico de
acceso al empleo, en el marco del Plan Regional de Formación Profesional y en
coordinación con el Servicio Regional de Empleo, para jóvenes (16 18) en
situación de desventaja social, desescolarizados prematuramente, en riesgo de
exclusión o marginación social.
- Colaboración con entidades que faciliten
una atención integral del alumnado y sus familias en el ámbito extraescolar con
objeto de llevar a cabo programas de enseñanza de lengua y cultura de origen,
elaboración de material informativo, desarrollo de acciones formativas para
padres y madres, etc.
- Desarrollo de la programas de asesoramiento
psicopedagógico a los centros de Educación Infantil y Educación Primaria de
todos los centros sostenidos con fondos públicos a través de los Equipos de
Orientación Educativa y Psicopedagógica.
- Desarrollo de medidas que
permitan facilitar el acceso del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria al
servicio de comedor.
2.2.- Actuaciones dirigidas al alumnado
inmigrante con el objetivo de apoyar su escolarización, permanencia y
desenvolvimiento en el sistema educativo
- Incremento, en función de las
necesidades, de las Aulas de Enlace o Acogida para la adquisición de
competencias lingüísticas, conceptos básicos de las áreas instrumentales y
habilidades necesarias para la integración socio-educativa: diversificación y
flexibilización de las actuaciones, y adscripción del alumnado, desde el
principio de su escolarización, a un grupo ordinario.
- Apoyo a programas de
acogida, campañas de sensibilización, prevención y lucha contra el racismo, la
xenofobia y la violencia de género; apoyo a la mediación cultural y social, y
todo aquello que contribuya a mejorar la convivencia en los centros.
2.3.- Actuaciones dirigidas al alumnado con necesidades de
compensación educativa
- Desarrollo de medidas de compensación educativa
para el alumnado de educación obligatoria que, por razones de origen social,
presente un desfase curricular de dos o más años.
- Extensión de la red de
aulas abiertas destinadas a la compensación social y educativa del alumnado
desfavorecido.
- Ampliación de los Centros de Día Infanto-Juveniles
orientados al apoyo del desarrollo integral del alumnado.
- Desarrollo de
medidas de discriminación positiva, dirigidas al alumnado de etnia gitana, con
especial atención a la variable género
2.4.- Actuaciones dirigidas al
alumnado con discapacidades
- Refuerzo y consolidación de los recursos de
apoyo para el alumnado con discapacidad.
- Desarrollo de estrategias que
faciliten la consecución de los objetivos propios de cada etapa educativa del
alumnado con discapacidad.
- Apoyo para facilitar el acceso a los servicios
complementarios de transporte y comedor escolar al alumnado con necesidades
educativas especiales escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos
públicos.
2.5.- Actuaciones dirigidas al alumnado con superdotación
intelectual
- Desarrollo de estrategias metodológicas y organizativas en
los centros, para la atención del alumnado superdotado.
2.6.-
Actuaciones dirigidas al alumnado enfermo y convaleciente
- Extensión de
los Centros Educativo Terapéuticos para la atención del alumnado con trastornos
psiquiátricos.
- Refuerzo de las actuaciones en las unidades de apoyo
educativo en instituciones hospitalarias (aulas hospitalarias) y adecuación de
la atención domiciliaria al alumnado en función de sus necesidades.
2.7.- Actuaciones dirigidas a ampliar y mejorar la educación a lo
largo de la vida
- Desarrollo y diversificación de medidas que faciliten
el acceso a la educación permanente a través de las diversas modalidades del
sistema educativo: educación a distancia y educación de personas adultas.
-
Desarrollo de medidas que faciliten el acceso a la educación permanente a las
personas con discapacidad.
3.- CREACIÓN, MEJORA Y ESTABILIDAD DEL
EMPLEO EN EL SECTOR DE LA ENSEÑANZA PÚBLICA
3.1.- Para la mejora de la
prestación del servicio educativo y estabilización del profesorado de la
Comunidad de Madrid
-Convocatoria de oferta de empleo público con el
objetivo de alcanzar un 93% de las plazas cubiertas por funcionarios de carrera.
-Incremento de la estabilidad en las plantillas docentes:
Implantación de
medidas que eviten situaciones innecesarias de movilidad del profesorado.
Actualización de los criterios de ordenación de las listas de interinos a
los efectos de conseguir una mayor estabilidad de este tipo de profesorado.
Llevar a cabo una adecuación retributiva del profesorado, tanto funcionario
como laboral docente, en reconocimiento a la creciente complejidad de su tarea y
en respuesta a las transformaciones socioeconómicas. Esta adecuación se
realizará en cuatro tramos iguales. No obstante, si las disponibilidades
presupuestarias lo permitieran, se podría anticipar el cuarto tramo.
-
Mantenimiento de la jubilación anticipada en las condiciones actuales en tanto
no sean modificadas por parte del Estado.
- Desarrollo de medidas de apoyo
al profesorado que contribuyan a mejorar sus condiciones de trabajo y la calidad
de atención al alumnado.
- Incremento de los efectivos que se destinarán a
las actuaciones previstas en los epígrafes anteriores y, entre ellas, la mejora
de la ratio profesor/alumno.
- Desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales en el ámbito de los centros educativos.
- Seguro de
responsabilidad civil y asistencia letrada a los trabajadores de los centros
docentes, mediante información, asesoramiento y asistencia en aquellas
situaciones derivadas de su desempeño profesional que puedan llevar aparejadas
responsabilidades de índole civil o penal. Asimismo, se tenderá a garantizar la
suficiente protección en los casos que pudiera verse afectado por una demanda
interpuesta por la vía jurisdiccional civil o penal.
3.2.- Para la
mejora del servicio educativo
- Formación de los trabajadores de los
centros docentes
- Desarrollo de líneas de actuación preferente que
posibiliten la formación del profesorado, y del personal de administración y
servicios. Para la consecución de este fin, se prestará especial atención a:
Atención a la diversidad, acción tutorial, fomento de la convivencia y
resolución de conflictos en los centros educativos, integración de las TIC en el
proceso de enseñanza-aprendizaje, actualización didáctica y científica, y salud
laboral.
Incremento de las acciones formativas que actualmente se llevan a
cabo para el profesorado de lenguas extranjeras.
Formación y actualización
específicas en países de habla inglesa para promover entre el profesorado la
adquisición de la necesaria competencia lingüística, de manera que le permita
impartir parte del Currículo en otro idioma. El objetivo de esta medida es
incrementar la capacitación del profesorado de modo que pueda implantarse la
enseñanza bilingüe en colegios públicos.
Formación del profesorado de
Formación Profesional con el objetivo de que pueda adaptarse al nuevo catálogo
de cualificaciones profesionales.
Formación adecuada a las características de
los centros educativos para el personal de administración y servicios.
-
Promoción, de acuerdo con las Universidades, del profesorado a la docencia
universitaria
Impulso de las conversaciones tendentes al establecimiento de
convenios con las Universidades que faciliten la interrelación del trabajo de
los profesores de Enseñanza Secundaria y los departamentos
universitarios.
3.3.- Personal de Administración y Servicios
Las tareas desarrolladas por el personal de administración y servicios
en los centros docentes constituyen cada vez más un factor determinante en la
calidad de la prestación del servicio educativo. En consecuencia, se procederá
al estudio y mejora de la dotación de este personal para apoyar a los centros
educativos en la consecución de sus objetivos.
Asimismo, resulta
conveniente facilitar las condiciones en las que este personal desempeña sus
tareas, con las particularidades propias de su inserción en el ámbito de la
educación, por lo que prestará particular atención, entre otras actuaciones, a
una adecuada oferta formativa para este personal.
4.- MEJORA DE LOS
CENTROS PRIVADOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS AL OBJETO DE CONSEGUIR UN
INCREMENTO DE LA CALIDAD DE LA ENSEÑANZA Y LA ANALOGÍA RETRIBUTIVA DE SU
PROFESORADO CON EL DE LOS CENTROS PÚBLICOS
4.1.- Mejora de la atención al
alumnado
- Avanzar en la mejora de las ratios profesor/unidad como una de
las medidas que permiten incidir más directamente en la mejora de la calidad
educativa.
- Para la atención del alumnado con necesidades educativas
especiales escolarizado en centros de educación especial o en aulas integradas
en otros centros sostenidos con fondos públicos, adecuación de los recursos
económicos destinados al pago del personal complementario.
- Continuar
avanzando en la atención homogénea de todos los alumnos cuya educación se
sostiene con fondos públicos, tanto en la mejora de la calidad de su educación,
como en la atención a la diversidad y a los alumnos con necesidades educativas
especiales, mejorando asimismo para ello las condiciones de funcionamiento.
4.2.- Profesorado
- Mejora de las condiciones retributivas del
profesorado de los centros privados sostenidos con fondos públicos con objeto de
alcanzar la analogía retributiva con el de los centros públicos.
-
Desarrollo de planes de formación que tengan por finalidad la formación del
profesorado para alcanzar los objetivos de este Acuerdo, dando prioridad a la
formación en lenguas extranjeras.
- Establecimiento de medidas para la
recolocación del profesorado que pierda su puesto de trabajo por reducción de
concierto o cierre de los centros escolares. Asimismo, se establecerán medidas a
favor de los centros que solucionen la problemática derivada de la extinción
total o parcial de los conciertos. Dichas medidas también serán de aplicación al
personal complementario de los centros de Educación Especial.
4.3.-
Otros gastos
- Incremento de la financiación de la partida destinada a
otros gastos de funcionamiento, correspondiente al módulo económico de
conciertos, con objeto de propiciar mejoras que permitan incrementar y
desarrollar medidas relacionadas con la calidad educativa; entre otras, las
mejoras de las retribuciones del personal de administración y servicios.
5.- DISTRIBUCIÓN Y TEMPORALIZACIÓN DE LA FINANCIACIÓN GLOBAL DEL
ACUERDO
El presente Acuerdo, cuya financiación
global será de 1.603.800.000 €, se distribuirá en los siguientes apartados que
configuran el conjunto de actuaciones necesarias para lograr los objetivos
acordados:
- Para la mejora de la oferta educativa, que prevé actuaciones en
la red de centros, el desarrollo de planes de apertura para la extensión de
servicios educativos, y otras inversiones en Tecnologías de la Información y la
Comunicación: 861.000.000 €.
- Para llevar a cabo actuaciones que incidan en
el desarrollo del principio de Igualdad de Oportunidades y que incluye, entre
otras actuaciones, la ampliación de las ayudas para libros de texto y la
participación de las familias: 130.200.000 €.
- Para incidir en la creación,
mejora y estabilidad en el empleo del personal de los centros docentes, se
incrementará el número de efectivos de esos centros, se procederá a la
adecuación retributiva del profesorado y se desarrollarán medidas relativas al
personal de administración y servicios: 408.500.000 €.
- Para ofrecer al
profesorado de la Comunidad de Madrid posibilidades de incrementar su formación:
46.700.000 €.
- Para poner en marcha medidas que tiendan a la
equiparación retributiva del profesorado de la enseñanza concertada con los de
la pública, así como otras mejoras en estos centros: 157.300.000 €.
6.- EFICACIA, ÁMBITO Y VIGENCIA DEL
ACUERDO
Este Acuerdo adquirirá plena eficacia y,
en consecuencia, los compromisos suscritos en él por las partes firmantes, desde
el 1 de enero de 2005. Su aplicación afectará a todos los centros docentes
sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid en los términos
previstos en los respectivos apartados del presente Acuerdo. Su periodo de
vigencia será el comprendido entre 2005 y 2008, excepto en lo relativo a las
medidas de adecuación retributiva dirigidas al profesorado de los centros
privados concertados a los que afecte el Acuerdo, que abarcarán hasta 2009.
7.- SEGUIMIENTO DEL ACUERDO
Para el
seguimiento y desarrollo del presente Acuerdo, y de los compromisos contenidos
en él, se constituirá en el plazo de un mes de la firma de este Acuerdo al menos
las Comisiones Sectoriales correspondientes a la Enseñanza Pública, Enseñanza
Privada e Igualdad de Oportunidades. En ellas estarán presentes las
organizaciones firmantes y la Consejería de Educación, sin perjuicio de las
competencias atribuidas por la legislación vigente a la negociación colectiva.
Para concluir, los firmantes de este Acuerdo
manifiestan la conveniencia de promover un proceso de consenso social y político
entre todos los sectores que componen la comunidad educativa, para hacer posible
la consecución de los objetivos expresados en el presente Acuerdo, que deben
orientar la educación en nuestra Comunidad.
Todo lo
cual suscriben los abajo firmantes, en Madrid, a nueve de marzo de dos mil
cinco.